El Tribunal Supremo falla que los convenios colectivos con cláusulas expresas de prórroga automática permanecen vigentes mientras no entre en vigor uno nuevo que los sustituya
ISABEL MUNERA . Madrid
Nuevo golpe a la reforma laboral de 2012. El Tribunal Supremo ha dado la razón al Sepla y ha declarado que el III convenio colectivo de Air Nostrum sigue vigente hasta que ambas partes negocien uno nuevo y éste entre en vigor.
El fallo llega meses después de que el Alto Tribunal se pronunciara en otra sentencia en la misma línea. En aquella ocasión, el Supremo establecía que las condiciones contenidas en los convenios continuaban en vigor, aunque éstos expiraran, porque formaban parte de los contratos individuales.
Estos dos fallos sientan jurisprudencia sobre una de las cuestiones más controvertidas de la reforma laboral de 2012: la limitación a un año de la ultraactividad de los convenios, es decir, el fin de su prórroga automática.
El Alto Tribunal entiende, al igual que lo hizo la Audiencia Nacional en julio de 2013, que los convenios con cláusulas expresas de prórroga automática, anteriores o posteriores a 2012, deben conservar su vigencia mientras no entre en vigor un nuevo convenio que sustituya al anterior, aunque la negociación dure más de los 12 meses que establecía la reforma laboral.
Para CCOO, la sentencia del TS aporta seguridad jurídica en la regulación de las condiciones laborales incluidos en sus ámbitos de aplicación. A juicio de UGT, se trata de "un nuevo revés" a la reforma laboral de 2012 y para "algunos ámbitos laborales empresariales que pretendían utilizarla para eliminar los derechos y empeorar las condiciones laborales de los trabajadores".
Ambos sindicatos esperan que el fallo del Supremo sirva para desenredar algunos nudos en la negociación que se desarrolla en estos momentos con la patronal, y permita cerrar el Acuerdo Interconfederal para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC). El tema de la ultraactividad se ha convertido en uno de los principales escollos para salvar el acuerdo. Además, CCOO y UGT mantienen posturas encontradas con CEOE y Cepyme (la patronal de las pequeñas y medianas empresas) en lo que respecta a los incrementos salariales. Mientras que los primeros exigen cláusulas de revisión salarial y se niegan a pactar subidas inferiores al 1%, ambas patronales siguen apostando por la moderación en los sueldos, al considerar que la recuperación todavía no está suficientemente asentada.
Para el MInisterio de Empleo, sin embargo, no se puede hablar de "revés ni de varapalo" a la norma aprobada en 2012, porque la reforma contempla la posibilidad de que el límite de un año de prórroga para negociar un nuevo convenio no se aplique en caso de acuerdo entre las partes, es decir, cuando éstas hayan llegado a un pacto para que siga en vigor el convenio hasta que no haya otro que lo sustituya. Por eso, consideran, que en el caso de Air Nostrum el Tribunal Supremo se ha limitado a aplicar la reforma laboral.
|