"La venta de la CAM no puede ser considerada en modo alguno una operación neutra desde el punto de vista de la financiación de las pymes valencianas - Dado que el banco adjudicatario dispondrá de poder de negociación para alterar las condiciones financieras de nuestras empresas, la operación requiere de un estrecho seguimiento por parte de la Generalitat..."
La situación de la Caja de Ahorros del Mediterráneo ha hecho correr ríos de tinta en los últimos meses. Una búsqueda rápida en la base de datos Factiva revela que, desde la ruptura de las negociaciones con Cajastur, a finales del pasado mes de marzo, los medios de comunicación han producido más de 6000 noticias acerca de la otrora cuarta caja de ahorros española.
El elevado coste del rescate, que algunos analistas cifran en más de 5.000 millones de euros, y los escabrosos detalles que hemos ido conociendo en las últimas semanas, particularmente en lo relativo a las operaciones de la caja con partes vinculadas, han dirigido el debate social hacia la responsabilidad de los directivos, consejeros y supervisores de la entidad.
Sin embargo, aún está por decidir quién se hará cargo de la CAM. Según informa The Wall Street Journal, el Banco de España está sondeando a distintas entidades financieras, a las cuales habría solicitado una oferta no vinculante para finales de septiembre. En las quinielas aparecen los nombres de Caixabank, Santander y BBVA; algunos bancos extranjeros, como Barcklays Bank o BNP; y determinadas sociedades de capital riesgo. Más allá de los efectos potenciales de la adjudicación sobre el reequilibrio de fuerzas en el sistema bancario español, la fuerte implantación de la CAM en nuestra región, y más concretamente en la provincia de Alicante, obliga a reflexionar sobre las consecuencias de la operación para la economía valenciana.
De acuerdo con la base de datos SABI, comercializada por la empresa Informa, el 15,1% de las sociedades domiciliadas en nuestra región tiene vínculos comerciales con la caja de ahorros alicantina. Al tratarse mayoritariamente de pequeñas y medianas empresas, generalmente opacas desde el punto de vista de la información financiera, los clientes de la CAM tienen dificultades para acceder directamente a los mercados de capitales. Habitualmente, estas empresas mantienen relaciones comerciales estables con la caja, en el marco de las cuales obtienen créditos y reciben servicios financieros de diversa naturaleza. Gracias a esta interacción continua entre las partes, la entidad financiera acumula toda la información que precisa para evaluar el riesgo inherente al prestatario y supervisar el desempeño de su actividad productiva.
Sin embargo, la información cualitativa generada mediante estas relaciones comerciales no es fácilmente transferible por el prestatario a otras entidades financieras, lo cual permite al prestamista extraer rentas de monopolio basadas en la información que atesora acerca de su cliente. Si transcurrido un tiempo desde el inicio de la relación bancaria, la CAM decidiera unilateralmente endurecer las condiciones financieras exigidas a un prestatario concreto, este último podría verse obligado a aceptarlas para no destruir el capital reputacional forjado hasta ese momento.
De lo contrario, tendría que comenzar desde cero una nueva relación comercial con otra entidad, soportando seguramente un tipo de interés mayor. De ahí que la venta de la CAM no pueda ser considerada en modo alguno una operación neutra desde el punto de vista de la financiación de las PYMES valencianas. Dado que el banco adjudicatario dispondrá de poder de negociación para alterar las condiciones financieras de nuestras empresas, la operación requiere de un estrecho seguimiento por parte de la Generalitat.
En este sentido, la investigación en economía financiera señala que el impacto de las fusiones bancarias sobre las condiciones de financiación de las pequeñas y medianas empresas depende de cuatro factores fundamentales:
1) Sinergias entre los bancos que participan en la fusión: Si los bancos implicados en la fusión operan en los mismos mercados geográficos, la operación permite un mayor ahorro de costes a medio y largo plazo. El banco resultante de la fusión cierra las oficinas menos productivas, y genera de este modo ganancias de eficiencia que puede trasladar a sus clientes vía tipo de interés. Lógicamente, las ganancias de eficiencia son menores si no hay solapamientos en la red de oficinas.
2) Poder de mercado del banco fusionado: Si la fusión se produce entre bancos que operan en los mismos mercados locales, la concentración del negocio bancario aumenta, lo cual facilita que los competidores alcancen acuerdos colusivos, disminuyendo el grado de competencia del mercado. La evidencia empírica disponible confirma que después de una fusión, aumenta el tipo de interés soportado por las empresas pequeñas, especialmente si el banco absorbido tiene una cuota de mercado importante. Asimismo, se observa que los tipos de interés aplicados por el resto de bancos que operan en el mismo mercado también aumentan después de la fusión.
3) Poder de negociación del prestatario: En general, el incremento en el tipo de interés registrado por los clientes de los bancos fusionados disminuye con el número de relaciones bancarias. Las empresas que operaban con cuatro o cinco entidades financieras distintas antes de la fusión gozan de mayor poder de negociación frente al banco fusionado, y apenas registran variaciones en sus condiciones de acceso a la financiación.
4) Tamaño de la entidad financiera resultante de la fusión: Es sabido que los bancos pequeños tienen una mayor predisposición que los grandes a otorgar créditos a la pequeña y mediana empresa. En los grandes bancos, la información cualitativa sobre las PYMES fluye con dificultad desde la las oficinas hacia los centros de decisión, proporcionando una ventaja competitiva en este segmento del mercado a las entidades financieras más pequeñas. Por ello, en la medida en que generan organizaciones más complejas y jerarquizadas, las fusiones bancarias podrían dificultar el acceso de las PYMES a la financiación. A este respecto, la literatura previa señala que los clientes del banco absorbido tienen una probabilidad superior a la normal de concluir su relación comercial con el banco resultante de la fusión.
De un modo u otro, todos estos argumentos están relacionados con la operación de venta de la CAM. Y todos parecen apuntar en la misma dirección: sería conveniente que el adjudicatario fuera un banco con una fuerte implantación en la Comunidad Valenciana, y un conocimiento profundo de la realidad de nuestro tejido productivo.
En primer lugar, porque la operación generaría mayores ganancias de eficiencia que podrían trasladarse a los tipos de interés aplicados a los clientes (si bien es cierto que los adquirentes potenciales podrían destinar el ahorro en costes únicamente a elevar su puja por la caja de ahorros intervenida, sin modificar los tipos de interés). Y en segundo lugar, porque los potenciales adquirentes estarían ya operando con muchos de los clientes de la CAM, lo cual evitaría en gran medida la destrucción de intangibles de naturaleza relacional y preservaría el capital reputacional de muchas de nuestras empresas.
La información disponible a través de la base de datos SABI revela que en 2007 el 17,9% de las empresas que operaban con la CAM en la Comunidad Valenciana también tenía vínculos comerciales con BBVA, el 15,6% con Banco de Santander y el 7,9% con Caixabank.
Obviamente, la adjudicación de la CAM a cualquiera de estas tres entidades, aumentaría el grado de concentración del mercado bancario local y, posiblemente, el poder de mercado de todos los bancos que operan en él (no solo el del banco resultante de la fusión). Pero en un contexto de crisis y restricciones financieras, es crucial garantizar el acceso al crédito de nuestras empresas, preservando en la medida de lo posible el entramado de relaciones comerciales entre la CAM y sus clientes, aún a costa de aceptar un incremento de los tipos de interés que, por otra parte, no estaría descartado en el caso de que una entidad foránea asumiera el control de la entidad.
Dadas las condiciones de la adquisición, motivada por una quiebra imputable a malas prácticas de gestión, es muy probable que estas entidades foráneas reevaluaran el riesgo asociado a cada cliente y revisaran al alza los tipos de interés pactados en los contratos de deuda. De hecho, muchas de ellas habrían reclamado al Banco de España un esquema de protección de activos como condición sine qua non para estudiar la operación.
En definitiva, la venta de la Caja de Ahorros del Mediterráneo afectará a las condiciones financieras de las PYMES valencianas y, por tanto, es legítimo y necesario que nuestras autoridades participen de algún modo en el proceso de adjudicación. Es evidente que la decisión final del Banco de España dependerá de muchos factores, pero difícilmente habrá alguno más relevante que éste desde el punto de vista de la defensa de los intereses valencianos.
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