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El informe abre la vía para que compradores de preferentes y de cuotas puedan reclamar su dinero

La Información, recopilado por Sindicato Alta - 21/03/2014

 

Los peritos no ven perjuicio en la emisión de los títulos pero consideran que la cotización de los que se adquirieron en los años 2010 y 2011 estaba por encima de su valor al haberse maquillado la situación real de la CAM

M. GALLEGO/D. NAVARRO 21.03.2014 | 02:03

De izda a dcha el entonces director general de la CAM Roberto López, el exvicepresidente Ángel Martínez y Juan Ramón Avilés, expresidente de la comisión de control, dan la salida en bolsa a las cuotas en una imagen de julio de 2008.

El problema no está en la emisión de preferentes y cuotas participativas sino en las operaciones que con estos productos se realizaron durante los años 2010 y 2011 basadas en la contabilidad de 2009 y 2010, ejercicios en los que la excúpula de la CAM falseó las cuentas de la entidad sobrevalorando una situación financiera que influía directamente en la cotización de estos títulos. Con ello, quienes los compraron en esas fechas, pagaron por encima de su valor real. 

Con esta conclusión, recogida en el informe que a instancias del magistrado de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez han elaborado inspectores del Banco de España en el marco del proceso penal que se sigue contra los últimos responsables de la caja de ahorros, se abre la posibilidad para que aquellos que adquirieron deuda subordinada en esos años puedan acudir al juzgado a reclamar su dinero como víctimas de un fraude. 

En el caso concreto de las cuotas participativas (sobre las que ya existe una pieza abierta en el juzgado de Gómez Bermúdez) distinguen los expertos entre el momento de la emisión, en junio de 2008 y con la referencia en las cuentas de 2007, cuando «es razonable pensar que los inversores dispusieran de la situación financiera correcta sobre la situación de la CAM», y las transacciones que con posterioridad se realizaron «que sí pudieron estar afectadas por los defectos en la imagen fiel de los estados financieros de la CAM», en alusión a las cuentas de 2009 y 2010 que consideran maquilladas por la entonces cúpula de la entidad ahora imputada por estos hechos. 

Precios más bajos
Para los peritos, «parece razonable que los precios de cotización hubiesen bajado ante una información financiera que reflejase una situación con más morosidad y peores resultados de la CAM. (...) Podría considerarse que fueron perjudicados los que adquirieran cuotas en 2010 y 2011, mientras pudieron ser beneficiados los que las vendieron».

A similar conclusión llegan los inspectores del Banco de España en el caso de las preferentes aunque la solución dada a estos títulos, a diferencia de las cuotas, haya pasado por la oferta hecha por el Sabadell para canjearlos al 100% de su valor nominal por acciones del banco catalán. 

No observan los expertos perjuicio alguno en el caso de las obligaciones subordinadas, por haberse emitido con anterioridad a los años en los que han detectado el falseamiento, pero sí en otros «depositantes de la CAM, tanto en los mercados mayoristas como minoristas en la medida en que pudieron tomar decisiones de depositar dinero en la entidad en base a información financiera que no reflejaba la imagen fiel en los ejercicios 2009 y 2010». Pero precisan que «dada la continuidad del negocio financiero después de la adquisición por el Sabadell del Banco CAM, parece razonable considerar que esos depositantes no han sufrido ningún perjuicio». 

El informe es concluyente a la hora de afirmar que la emisión de estos productos se produjo antes de detectarse la falsedad contable y que, por lo tanto, «no es razonable pensar que los defectos en la imagen fiel que los peritos han estimado que podían tener las cuentas anuales de los ejercicios 2009 y 2010 hubiese podido causar perjuicios a los suscriptores de estos productos en el momento de la emisión». Una situación que cambió en las transacciones realizadas con posterioridad a los informes publicados en 2009 y 2010 «en el sentido de beneficiar a los vendedores y perjudicar a los compradores».

 

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