La juez confirma el despido de la exdirectora general de la caja y dice que la prestación social que se asignó supone un «enriquecimiento injusto»
M.A. RUIZ COLL / ALICANTE
Día 16/03/2012
El Juzgado de lo Social número 4 de Alicante ha confirmado el despido de la exdirectora general de la CAM, María Dolores Amorós, sin derecho a ningún tipo de indemnización, en una sentencia que da por probadas buena parte de las irregularidades que el Banco de España atribuye al anterior equipo directivo de la caja de ahorros.
De este modo, la juez ha desestimado todas las pretensiones de Amorós, que reclamaba a la CAM una indemnización de más de 10 millones de euros por despido improcedente, así como el cobro de una pensión vitalicia de 370.000 euros brutos anuales, que ella misma se asignó mediante un pacto con el expresidente Modesto Crespo.
Al respecto, la sentencia señala que el cobro de dicha pensión, que se asignó «prevaleciéndose de su condición de directora general y abusando de la confianza en ella depositada por la entidad», supondría para Amorós «un enriquecimiento injusto difícilmente justificable». Algo que en opinión de la juez adquiere una «extrema gravedad en el actual contexto de generalizada crisis económica que está padeciendo nuestro país».
La sentencia considera probado que, para garantizarse el cobro de unas pensiones por importe superior al que realmente les correspondía, tanto María Dolores Amorós como el resto de miembros del comité de dirección de la CAM modificaron en su beneficio el sistema de prestaciones sociales de la caja «de espaldas» a los órganos de gobierno de la entidad y sin la preceptiva fiscalización de la comisión de retribuciones.
Engañó a los socios del SIP
No solo esto, sino que además falsearon de forma «fraudulenta» la fecha del acuerdo firmado con el entonces presidente Modesto Crespo. Según la sentencia, el acuerdo para modificar las condiciones de su pensión se firmó a principios de marzo de 2011, pero el documento se fechó el 7 de diciembre de 2010. Por tanto, añade la resolución judicial, los miembros del comité de dirección actuaron «con ocultación que encubría su carácter fraudulento», probablemente para que no tuvieran conocimiento sus socios de la fallida fusión pactada con Cajastur, Caja Cantabria y Caja Extremadura, apunta la sentencia.
La resolución judicial considera probado que el equipo directivo de CAM engañó a sus socios del SIP en otros aspectos. En este sentido, alude a un correo electrónico en el que el jefe de control de riesgos, Gadea Pérez, reconocía que el Grupo CAM había tenido en 2011 unas pérdidas de 448 millones de euros, pese a haber comunicado al SIP que había registrado 245,8 millones en beneficios. La «fusión fría» se rompió definitivamente en marzo de 2011, cuando los responsables de Cajastur descubrieron que habían sido engañados sobre la cuenta de resultados de CAM.
«Maquilló» las pérdidas
La sentencia difundida ayer da por hecho que María Dolores Amorós «maquilló» las cuentas de la caja de ahorros de 2010 y 2011, lo que «impidió que la entidad pudiera conocer su verdadera situación financiera y evitó que se adoptasen las decisiones oportunas para reducir o mitigar el impacto de las pérdidas de la compañía». Aunque la juez considera que Amorós no es la única responsable de ello, sino que los «trece miembros del comité de dirección de CAM no fueron ajenos a las decisiones adoptadas, sino que conocieron y consintieron las conductas contrarias a la normativa contable y a la disciplina laboral». Al respecto, la juez recuerda que Amorós anunció públicamente —ante el consejo de administración primero y luego ante la asamblea— que la CAM había registrado un beneficio de 81 millones de euros en el primer semestre de 2011. Tras la intervención por el Banco de España, los administradores del FROB revisaron el balance y corrigieron este resultado, que en realidad arrojó unas pérdidas de 1.135´8 millones.
Exigencia de dividendos
Entre los mecanismos utilizados para maquillar las pérdidas de la entidad, la juez cita la reclasificación de créditos fallidos y dudosos como activos sanos, así como la titulización de créditos hipotecarios «altamente deteriorados» con opción de recompra, por valor de 1.803 millones de euros que la CAM «no debió dar de baja en su balance» porque «el riesgo no se transmitió a terceros».
Del mismo modo, la juez se refiere al correo electrónico que el exdirector general Roberto López Abad dirigió a las sociedades participadas en diciembre de 2010 exigiéndoles que repartieran dividendos , «aún a costa de la propia solvencia y liquidez de las filiales». Los abogados de la CAM expresaron ayer su satisfacción por la sentencia, que María Dolores Amorós tiene intención de recurrir, según anunció su letrada.
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