Se da prioridad a los convenios negociados en la empresa; Se prorrogan durante 20 meses los convenios que expiren; La flexibilidad interna sólo podrá ser de un máximo del 5% de la jornada
El borrador del anteproyecto de ley de reforma de la negociación colectiva del Gobierno da una cal y otra de arena a los agentes sociales; Por un lado, da prioridad al convenio negociado en cada empresa, permitiendo un descuelgue parcial a las compañías, como viene defendiendo la CEOE. De otro, se mantiene la prórroga de los convenios y se da un mayor protagonismo a las comisiones paritarias, donde los sindicatos cobraría mayor poder.
Así lo refleja el borrador que el Ejecutivo ha enviado ya a los sindicatos CCOO y UGT y a la patronal, y que pretende aprobar en el Consejo de Ministros del próximo viernes, tras la ruptura de las negociaciones de los agentes sociales.
De este modo, el convenio de empresa tendrá prioridad sobre el sectorial en materia de "salario base, en complementos salariales, horas extraordinarias, retribución específica del trabajo a turno, horario y distribución del tiempo de trabajo".
En este sentido, para contribuir a la flexibilidad interna en las empresas el Ministerio de Trabajo propone que como máximo un 5% de la jornada de trabajo se puede distribuir de forma irregular al año, salvo pacto en contra con los representantes de los trabajadores.
Este porcentaje es inferior al 15% que había establecido como mínimo la CEOE en su última propuesta del 2 de junio, con la que se zanjaron las negociaciones entre patronal y sindicatos.
Respecto al régimen salarial, se permitirá a la empresa descolgarse, previo acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, "cuando la situación y perspectivas económicas pudieran verse dañadas por su aplicación".
Este acuerdo de inaplicación deberá "determinar con exactitud la retribución a percibir por los trabajadores" y establecer una programación de la progresiva convergencia hacia la recuperación de las condiciones salariales establecidas en el convenio colectivo de ámbito superior a la empresa, sin que en ningún caso dicha inaplicación pueda superar el período de vigencia del convenio ni, como máximo, los tres años de duración.
Asimismo, las comisiones paritarias (formadas por los representantes de los trabajadores y del empresario) adquieren mayor protagonismo a la hora de interpretar conflictos, frente a la mediación de otro órganos de arbitraje o judiciales.
En materia de ultraactividad, el Gobierno cumple con su palabra y no la elimina. Según se determina en el borrador, se establece con carácter general, sin perjuicio de que se pacte algo diferente, que el plazo de denuncia de los convenios colectivos para empezar a negociar su renovación sea de tres meses antes del fin de su vigencia. Se establece un plazo máximo de 20 meses para negociarlo.
Consumidos todos los plazos sin acuerdo, "se mantendrá la vigencia del convenio colectivo" y no decaerá.
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