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Nuevo revés judicial a la banca por los avales ICO del covid: solo se puede reclamar el 20%

Publicado por El Confidencial y recopilado por Sindicato Alta - 11/07/2024

 

Oficina del Banco Sabadell en Barcelona. (EFE)

Un juzgado de Barcelona abre un nuevo frente a la banca al reconocer vicio de consentimiento en unos avales ICO de Sabadell y limita al 20% el capital que se puede reclamar

Un juzgado de Barcelona ha abierto un nuevo frente a la banca. La titular del Juzgado de Primera Instancia número 29 de la Ciudad Condal, Leonor Sanz Gallardo, ha fallado en favor de los fiadores de dos pólizas acogidas a la Línea de Avales ICO Covid 19, y ha reducido su responsabilidad al 20% del capital principal e intereses. El caso concreto afecta al Banco Sabadell —en plena opa del BBVA—, pero es potencialmente extrapolable al resto de entidades que concedieron estos créditos con aval público. 

Estas pólizas fueron suscritas con el Banco Sabadell por un matrimonio y contaban con el aval a primer requerimiento del ICO por el 80% del importe prestado. En su demanda, los fiadores defendieron que, en todo momento, creyeron que su fianza solo abarcaba el importe no cubierto por el Estado, es decir, el 20%, y, por tanto, pidieron anulas las cláusulas de fianza por existir un vicio en el consentimiento

La entidad presidida por Josep Oliu se opuso a la demanda y defendió que, bajo ningún concepto, los fiadores podían interpretar que estaban otorgando una fianza parcial, porque tenían ya experiencia en contratos similares y porque, además, desde la entidad se les informó correctamente. Versión choca frontalmente con la defendida por los demandantes, que han estado representados por Fieldfisher

La magistrada ha estimado íntegramente la petición de los demandantes y ha declarado que la responsabilidad de los fiadores en estos contratos quede reducida al 20%, un fallo que abre la puerta a más pronunciamientos en esta misma línea. La sentencia, no obstante, todavía no es firme y la entidad está valorando presentar recurso.

Un juzgado de Barcelona ha abierto un nuevo frente a la banca. La titular del Juzgado de Primera Instancia número 29 de la Ciudad Condal, Leonor Sanz Gallardo, ha fallado en favor de los fiadores de dos pólizas acogidas a la Línea de Avales ICO Covid 19, y ha reducido su responsabilidad al 20% del capital principal e intereses. El caso concreto afecta al Banco Sabadell —en plena opa del BBVA—, pero es potencialmente extrapolable al resto de entidades que concedieron estos créditos con aval público.

Estas pólizas fueron suscritas con el Banco Sabadell por un matrimonio y contaban con el aval a primer requerimiento del ICO por el 80% del importe prestado. En su demanda, los fiadores defendieron que, en todo momento, creyeron que su fianza solo abarcaba el importe no cubierto por el Estado, es decir, el 20%, y, por tanto, pidieron anulas las cláusulas de fianza por existir un vicio en el consentimiento

La entidad presidida por Josep Oliu se opuso a la demanda y defendió que, bajo ningún concepto, los fiadores podían interpretar que estaban otorgando una fianza parcial, porque tenían ya experiencia en contratos similares y porque, además, desde la entidad se les informó correctamente. Versión choca frontalmente con la defendida por los demandantes, que han estado representados por Fieldfisher

La magistrada ha estimado íntegramente la petición de los demandantes y ha declarado que la responsabilidad de los fiadores en estos contratos quede reducida al 20%, un fallo que abre la puerta a más pronunciamientos en esta misma línea. La sentencia, no obstante, todavía no es firme y la entidad está valorando presentar recurso.

Es la segunda vez que un Juzgado falla a favor de los fiadores operaciones sujetas a la Línea de Avales ICO Covid 19 sobre la base de la documentación bancaria y la primera vez que se declara el error como vicio de del consentimiento, lo que supone un nuevo frente para toda la industrial, cuyas actuaciones en la comercialización de estos productos ya fueron puestas en entredicho en el pasado.

 Hace tres años, la propia CNMC (Comisión Nacional del Mercado y la Competencia) puso el foco sobre cuatro entidades por los avales del ICO e inició un expediente sancionador por posibles prácticas anticompetitivas contra Banco Sabadell, Santander, CaixaBank y Bankia. 

No obstante, tras más de dos años de investigación, el organismo dirigido por Cani Fernández decidió archivar el expediente tras no haber "acreditado la concurrencia de los elementos necesarios para considerar probada una infracción del artículo 3 de la LDC", según dijo entonces. Resolución que tuvo un voto particular.

placeholderEl Presidente del Banco de Sabadell, Josep Oliu.

El Presidente del Banco de Sabadell, Josep Oliu.

"Esta sentencia es importante porque abre a puerta a un aluvión de pronunciamientos similares, pues solo la Paico (Plataforma de Afectados por los présamos ICO Covid 19) tiene más de 50 litigios en marcha y más de 300 clientes a la espera que la jurisprudencia se pronuncie", señala Jordi Ruiz de Villa socio de Litigación Compleja y Franquicias de Fieldfisher. 

En su opinión, "si nos ponemos en el contexto en que se concedieron estos créditos, con empresas cerradas, empleados en ERTE y sin saber si habría una vacuna ni cuándo, nadie en su sano juicio habría avalado el 100% un crédito para su empresa arriesgando todo su patrimonio personal, a no ser que creyeran que solo avalaban el 20%".

El anterior fallo en contra de los intereses de la banca por los avales ICO del covid es una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de A Estrada (Pontevedra) del pasado febrero de 2024, que también limita al 20% el importe que las entidades pueden reclamar. Pero, en aquella ocasión, desestimó el 80% por pluspetición o exceso de lo exigible, ya que detrás de este porcentaje ya está el Estado. 

La principal diferencia del nuevo fallo de Sabadell es que, aprecia un "error invalidante del consentimiento prestado que determina la nulidad o anulabilidad de la cláusula" que amplió el aval a la totalidad del préstamo.

 


 

 

 

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