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La mujer había imitado las firmas de varios clientes en operaciones que no habían sido completadas en su presencia
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado la decisión del Juzgado Social núm. 1 de Figueres de declarar procedente el despido disciplinario de una trabajadora del Caixabank que incurrió en transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza al falsificar las firmas de varios clientes.
Todo comenzó con la queja de uno de los clientes respecto a la rentabilidad esperada del producto financiero Rentas Plan. En dos reuniones seguidas, los días 4 y 31 de octubre de 2022, la falta de firma del contrato por parte del cliente fue revelada, lo que llevó a la entidad bancaria a iniciar una auditoría interna, en las que se revisaron las operaciones de inversión gestionadas por la trabajadora.
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La trabajadora, que había estado vinculada a la empresa desde 1993, tenía como responsabilidad la gestión y supervisión de diversos contratos de inversión y productos bancarios. Durante esta auditoría, se descubrió que había imitado las firmas de varios clientes en operaciones que no habían sido completadas en su presencia. En algunos casos, los clientes no estaban disponibles para firmar, y la trabajadora optó por proceder con las operaciones sin su consentimiento explícito ni la firma debida.
La investigación cubrió un periodo de más de un año, desde julio de 2021 hasta diciembre de 2022, y reveló que en 11 de los productos revisados (23%) se encontraron firmas que no coincidían con las registradas en la base de datos de los clientes. En muchos casos, la trabajadora había imitado las firmas de los clientes o había firmado con un “visé”, una práctica que estaba estrictamente prohibida por las políticas internas de la entidad.
Además de la auditoría interna, se llevó a cabo un peritaje caligráfico para verificar la autenticidad de las firmas en los documentos involucrados. El 6 de febrero de 2023, el dictamen pericial concluyó que varias de las firmas no habían sido realizadas por los clientes correspondientes, sino que habían sido falsificadas por la trabajadora. Este peritaje confirmó que la firma de contratos financieros importantes, como el Plan de Pensiones y el Rentas Plan, fue realizada sin la presencia ni el consentimiento de los clientes, lo que representaba un grave incumplimiento de las normas bancarias y de la legislación aplicable, como la normativa MiFID II, diseñada para proteger a los inversores y asegurar la transparencia en los mercados financieros.
En su defensa, la trabajadora argumentó que los clientes eran conscientes de las operaciones y que había actuado de esta manera para facilitar los trámites y evitar que los clientes tuvieran que acudir nuevamente a la oficina.
El cliente cuya reclamación inicial desencadenó la auditoría interno fue afectado en uno de los productos más críticos: el Rentas Plan Inversión Flexible Plus, un contrato financiero en el que había invertido aproximadamente 52.077 euros. Este plan sufrió una pérdida considerable debido a la gestión irregular del mismo. A raíz de la investigación, CaixaBank inició negociaciones con el cliente afectado para evitar un conflicto mayor. El 20 de abril de 2023, la entidad y el cliente alcanzaron un acuerdo transaccional que incluía varios puntos importantes:
- Retrocesión del producto: CaixaBank se comprometió a devolver el producto Rentas Plan Inversión Flexible Plus al Plan de Pensiones Monetario original que Javier tenía contratado. Esta operación aseguraba que la inversión volviera a su estado inicial, con una aportación equivalente al valor del Rentas Plan en el momento de la retrocesión.
- Compensación económica: CaixaBank acordó ingresar en la cuenta de Javier la diferencia entre la inversión inicial de 52.077 euros y el valor actual del Rentas Plan, que había disminuido debido a las fluctuaciones del mercado y la mala gestión. Este ingreso fue ajustado con las pensiones ya cobradas por el cliente, resultando en un abono neto de 10.325,01 euros.
- Indemnización adicional: Además de la compensación por la pérdida de valor, CaixaBank pagó 1.000 euros adicionales a Javier en concepto de las molestias ocasionadas por la situación.
El impacto final para el banco fue de 11.325,01 euros, incluyendo tanto las pérdidas del cliente como la compensación por daños. Esta cantidad no solo reflejaba el perjuicio económico directo, sino también el daño reputacional para la entidad, que se vio obligada a resolver la situación fuera de los tribunales mediante un acuerdo privado.
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