La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha desestimado el recurso que el antiguo director de una oficina de la entonces Caja de Ahorros del Mediterráneo en Cartagena presentó contra la sentencia de un Juzgado que rechazó su demanda, presentada al no recuperar la plaza tras su excedencia.
12-06-2013 / 13:20 h EFE
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el Juzgado de lo Social de Cartagena, en su resolución de septiembre de 2011, declaró probado que el demandante inició una situación de excedencia voluntaria en junio de 2004, que, tras sucesivas prórrogas, finalizaba en 2009.
Al solicitar su reincorporación al servicio activo, la Caja de Ahorros le comunicó que no era posible en ese momento y que cuando hubiera alguna vacante "adecuada a su categoría" se lo comunicarían".
El Juzgado de lo Social, en la sentencia confirmada ahora por el TSJ, desestimó la demanda y absolvió a la citada empresa.
La Sala indica que "el empleado conserva solo un derecho preferente al reingreso en la vacante de funciones iguales o similares a las suyas que hubiera o que se produjera en la entidad", sin que se dé esa situación en el caso analizado.
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