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La CAM tendrá que volver a dar cesta de Navidad a su personal

Información, Recopilado por Sindicato Alta - 29/02/2012

 

La Audiencia Nacional falla que los turrones y los juguetes formaban parte del paquete retributivo de los empleados

J. A. M. 

La Audiencia Nacional ha reconocido el derecho de los trabajadores de la CAM a seguir recibiendo el regalo de Reyes y la cesta de Navidad, en los mismos términos y condiciones que se venía disfrutando hasta las fiestas Navideñas del año 2010 y los Reyes de 2011, según la sentencia de la Sala de Lo Social a la que ha tenido acceso este diario. Los magistrados consideran que se trata de un beneficio ya consolidado que formaba parte del paquete retributivo de los empleados. La demanda fue interpuesta por Comfia-CC OO y a ella se adhirieron otros sindicatos como SICAM, UGT, CGT, ALTA, CSICA.
El fallo considera probado que en las fechas cercanas a las fiestas navideñas la CAZM remitía a sus oficinas desde hace años una cesta o lote de turrón para cada empleado, así como un juguete destinado a hijos de los empleados. Según la sentencia cuando en julio de 2011 la CAM pasó a transformarse en Banco CAM SAU, dicha entidad se subrogó en todos los derechos y obligaciones de la antigua Caja de Ahorros. El 21 de octubre el departamente de Recursos Humanos de la empresa comunicó a toda la red, entre otros extremos, que se suprimían tanto la cesta como los juguetes de Reyes.
Sin embargo, los magistrados han considerado demostrado que el director general de la CAM comunicó a sus trabajadores en mayo de 2010 que el paquete retributivo de cada empleado quedaba integrado por las retribuciones, integradas por salario e incentivos; así como los beneficios sociales, que estaban formadas por la aportación al plan de pensiones, pagos en especie (préstamos y seguros de vida), ayudas de estudios y otros beneficios (como seguro médico, subvención de ordenadores, turrón reyes, obsequios de natalidad, matrimonio y bodas de plata, entre otros conceptos).
Desde la CAM se consideraba en el pleito que las cestas se trataban de un obsequio y que podían suprimirse sin formalidad alguna. Sin embargo, los demandantes argumentaban que tenían derecho a seguir recibiendo el lote de Navidad en los mismos términos y condiciones que hasta ahora.
Los magistrados consideran probado que la propia entidad consideraba estas cestas dentro del paquete retributivo a los empleados y que venía dándolas desde hace años. Asimismo, la sentencia incide en que la empresa se limitó a informar a las secciones sindicales de una decisión ya adoptada, sin que hubiera periodo de consultas sobre ésta

 

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