Os informamos de que hemos solicitado a Relaciones Laborales que incluya, en el apartado de Beneficios Sociales de nuestra normativa, el derecho que tenemos todos los trabajadores a un permiso por asistencia a exámenes cuando se cursan estudios para obtener un título académico o profesional
El objeto de estos permisos es que las obligaciones laborales no impidan o perturben las académicas y, con ellas, la promoción personal y profesional del trabajador. Este derecho viene recogido en los arts. 23 del Estatuto de los Trabajadores y 30 del Convenio Colectivo, bajo el título “Promoción y formación profesional en el trabajo”. Ambos dejan claro que el trabajador tendrá derecho a:
a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.
b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.
Los permisos para exámenes, mientras no se habilite un procedimiento especifico, se solicitarán a través del Portal del Empleado, marcando los días de examen como “otras ausencias”, e indicando en el campo habilitado para ello permiso por asistencia a exámenes según artículo 30 del Convenio Colectivo. Recordad que tenéis que solicitar un justificante de asistencia al examen por si os fuera requerido.
Os seguiremos informando. |