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El juez eleva de 25 a 35 millones la fianza a la excúpula de la CAM y da un día para pagarla

Levante, recopilado por Sindicato Alta - 18/06/2013

 

Bermúdez afirma que, "en el mejor de los supuestos", los imputados "no pusieron objeción alguna a operaciones que iban a suponer un perjuicio" a la caja

MERCEDES GALLEGO | MADRID

 Una fianza de 35 millones de euros a cada uno de los cinco imputados en la pieza principal de la CAM sin perjuico de que esta cifra pudiera modificarse a medida que avanza la investigación. Y un día para prestarla desde la notificación de la resolución con "apercibimiento de que en caso de no hacerla efectiva se procederá al embargo de sus bienes". El magistrado Javier Gómez Bermúdez, instructor de los procedimientos abiertos en la Audiencia Nacional por la gestión de la caja de ahorros, acaba de dictar un auto en respuesta a los recursos presentados por los encausados contra la providencia por la que a finales del pasado julio se acordó imponerles una fianza de 25.812.406 millones elevando ahora la cifra en un tercio: 35 millones de euros a los tienen que hacer frente los dos últimos directores generales de la entidad Roberto López Abad y María Dolores Amorós, el expresidente Modesto Crespo y los exdirectores Vicente Soriano y Teófilo Sogorb, encausados todos ellos en la pieza principal de este proceso.

Precisa el juez en su auto que "tras la declaración de los imputados y el análisis de la documentación e informes incorporados a la causa (...) puede afirmarse que los cinco imputados al menos conocían o debían, pudieron y no quisieron conocer la situación patrimonial de la CAM".

Tras dejar constancia de "la provisionalidad propia del momento procesal en que se encuentra la tramitación del procedimiento", señala Gómez Bermúdez en alusión directa a los últimos responsables de la entidad que "en el mejor de los supuestos no pusieron objeción alguna a operaciones que iban a suponer un perjuicio patrimonial y un debilitamiento extremo de la entidad para la que trabajaban con perjuicio de accionistas, acreedores, clientes e impositores y en beneficio propio".

Contrato
Y cita como ejemplo de este modus operandi "la firma de un contrato antedatado que, salvo dictamen pendiente, les garantizaba incluir en las cuentas de 2011 el cobro de suculentos planes de jubilación ante la posibilidad cierta de que la situación real de la CAM fuera conocida y abocara a una intervención del Banco de España, como de facto ocurrió muy poco tiempo después". Tampoco en este apartado olvida el magistrado "los sueldos y bonificaciones" que se cobraron "mediante el falseamiento de la auténtica situación patrimonial de la entidad, de modo que se cerraba el ejercicio con resultado positivo en cuantía tal que permitía el cobro del bonus cuando el resultado real hubiera impedido su cobro".

Auditoría
A falta del resultado de la segunda auditoría de las cuentas de la CAM encargada por el instructor a tres inspectores del Banco de España (uno de ellos designado por Roberto López Abad, como permite la ley), entiende el juez que "hay indicios de la comisión de uno o varios delitos de los que indiciariamente son responsables los imputados sin que se pueda delimitar todavía aquel o aquellos en los que cada uno haya podido incurrir", lo que conllevaría "ulteriores modificaciones".

Con esta fianza el instructor busca garantizar que, en caso de condena, se pueda hacer frente al quebranto económico causado a la entidad. Aunque contra la resolución del juez cabe recurso de reforma y apelación, ninguno de ellos es suspensivo, por lo que el juez podrá acordar el embargo de los bienes de los imputados si no prestaran la fianza esta misma semana. Sólo Crespo presentó en su día un listado de posesiones que rondaba los cinco millones.

 

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