Os informamos que los desplazamientos que se están realizando para cubrir vacaciones u otros trabajos de compañeros en otras oficinas se les denomina COMISIONES DE SERVICIO y se encuentran específicamente regulados en el art. 96 del Convenio Colectivo de Cajas de Ahorros.
Conviene recordarlo porque, en algunas Territoriales, no se están autorizando las liquidaciones por desplazamientos. Tras nuestra intervención en Recursos Humanos, nos consta que se han dado instrucciones a Territoriales y Zonas para que estos gastos sean abonados al empleado que se desplace.
Si te han negado alguna liquidación por desplazamiento o tienes dudas sobre tu situación, comunícanoslo a través de nuestra página web -contacto- a la que puedes acceder desde Intranet (En Portada / Información Sindical / Páginas Web/ Sindicato Alta), por Internet (www.sindicatoalta.es ), mail (info@sindicatoalta.es ) o teléfono. |